CPI ordena a Karim Khan separarse del caso Venezuela por «conflicto de intereses»
La Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional (CPI) ordena a su máximo representante, Karim Khan, a separarse del caso Venezuela I, que investiga crímenes de lesa humanidad, porque, dice el documento, «existen razones para creer que existe una causal de recusación del Fiscal y que este tiene la obligación, de conformidad con la regla 35 de las Reglas de Procedimiento y Prueba, de solicitar su dispensa de la situación de Venezuela».
La CPI le otorga un plazo de tres semanas a Khan para cumplir con la obligación de separarse de la investigación.
En medio de las indagaciones que adelanta la CPI contra algunos funcionarios venezolanos, el diario estadounidense The Washington Post reveló que la abogada Venkateswari Alagendra, contratada por Nicolás Maduro para defenderlo de las acusaciones de haber cometido crímenes de lesa humanidad, es hermana de la esposa del fiscal; es decir, es la cuñada de Karim Khan.
La abogada Alagendra, al igual que la esposa de Khan, integran el Colegio de Abogados de la Corte Penal Internacional, y ha participado en procesos como parte de la defensa de Maduro.
Ante esta situación, en noviembre de 2024, la Fundación Arcadia y el Sr. Robert Carmona-Borjas presentaron ante la CPI una solicitud de recusación del Fiscal ante este caso «por conflicto de intereses»; al exponer que había una relación familiar, profesional y jerárquica entre Karim Khan y su cuñada, Venkateswari Alagendra, que aseguraron «compromete la imparcialidad judicial y la legitimidad de las actuaciones».
Pese a que Khan no negó su vínculo con la abogada Alagendra y dijo que este entre ambos «no es lo suficientemente estrecho como para constituir un motivo de descalificación en los términos de la regla», la Sala de Apelaciones de la CPI señala que el fiscal «no abordó suficientemente la cuestión, a saber, si su relación familiar, profesional y jerárquica previa con la sra. Alagendra, tomadas en conjunto, podrían proporcionar motivos para dudar razonablemente de su imparcialidad», expone el documento.
La Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional también informa que «se reserva el derecho de recurrir a otras vías legales, incluyendo la recusación del Fiscal en la situación en cuestión, si las circunstancias así lo exigen».
El abogado e integrante de Acceso a la Justicia Alí Daniles explica que esta decisión de separar a Karim Khan del caso Venezuela I por «conflicto de intereses» no debería afectar el curso de la investigación porque el fiscal «tiene a su vez una investigación por acoso y en razón de esa investigación, él se separó del cargo».
Daniels recuerda que desde esa separación, todas las investigaciones a cargo de la Corte Penal Internacional, incluida la de Venezuela, fueron asumidas por los dos fiscales adjuntos y agrega que si Karim Khan fuese absuelto de la investigación por acoso, «volvería a conocer de todas las investigaciones, menos de la de Venezuela por esta decisión».
En noviembre de 2021, el fiscal de la CPI, Karim Khan, anunció la apertura de una investigación por posibles crímenes de lesa humanidad en Venezuela, cometidos desde abril de 2017. Nicolás Maduro y otros funcionarios del oficialismo calificaron esta actuación como parcializadas y politizadas, a favor de quienes lo adversan.
Información de Tal Cual