Aclaran norma del INTT sobre las luces LED en los vehículos
El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) inició en este mes de enero un operativo para retirar y multar a los conductores que tengan en sus vehículos barras de luces LED o halógenas, medida que se había dejado implementar y que está estipulada en la Ley de Transporte Terrestre.
Asimismo, la ley no prohíbe a los vehículos que tengan de fabricación los bombillos LED, ya que estos tienen los parámetros de ingeniería correspondientes, sino de las barras y faros externos, las cuales son consideradas accesorios.
Lilian Romero, directora de Asotransito, subrayó que esta prohibición solamente afecta las barras LED en los vehículos. En tal sentido, los conductores podrán tener en sus faros las luces de su preferencia, siempre y cuando estén autorizadas.
«No van a retirar los faros led. Usted tiene todo el derecho para mejorar su iluminación. Lo que debes cumplir es con los lúmenes y la dimensión de tu vehículo», dijo Romero en una entrevista con el periodista Román Lozinski el pasado 18 de enero.
La Ley de Transporte Terrestre destaca que el uso de luces led o halógenas está prohibido en el territorio nacional, ya que pueden provocar accidentes porque estas restan la visibilidad a los conductores que circulan en sentido contrario.
Las autoridades impondrán una multa de hasta 10 unidades tributarias (UT) y los funcionarios de seguridad y del INTT tienen permiso para decomisar faros externos, regletas y tiras de luces LED de todo tipo de vehículo que no esté en el reglamento.
Mientras que los autos que cuentan con luces LED incorporadas desde su fabricación no deben ser quitadas, ni mucho menos reciben una multa.
Con información de NT