Edmundo González Urrutia confirma que no asistirá al TSJ
El líder de la oposición y excandidato presidencial para las elecciones del 28 de julio, Edmundo González Urrutia, aclaró que no acudió a la citación del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), para presentar los documentos solicitados para el inicio de la verificación. de datos transmitidos por el Consejo Nacional Electoral (CNE), para lo cual convocó a los 10 candidatos presidenciales.
A través de un comunicado, aclaró que no recibió citación formal por parte del ente judicial, por el contrario, la solicitud fue realizada a través de los medios de comunicación sin tener carácter jurídico alguno, tras una solicitud del actual presidente Nicolás Maduro, quien fue dada como el ganador de la reelección de Venezuela por el CNE, el pasado 2 de agosto.
“Si acudo a la Cámara Electoral en estas condiciones, estaré en absoluta vulnerabilidad por indefensión y violación al debido proceso, y pondré en riesgo no sólo mi libertad, sino, más importante aún, la voluntad expresada por el pueblo venezolano”. el 28 de julio de 2024″, dijo Urrutia.
De igual forma, insistió en que se debe mantener la separación de poderes y “preservar las facultades y deberes constitucionales del CNE”, que hasta la fecha no ha publicado los resultados de la elección presidencial, recordando que la función del ente electoral es garantizar la transparencia. . y confiabilidad en la institución que, a juicio de Urrutia, será posible cuando se haga público el acta auténtica del escrutinio y posteriormente se realice una verificación fehaciente con la presencia de testigos, organizaciones políticas y observadores nacionales e internacionales.
“La Cámara Electoral no puede usurpar las funciones constitucionales del Poder Electoral y “certificar” los resultados que aún no se han producido de conformidad con la Constitución y la ley, con acceso de los participantes a las actas originales que sirven de base para una totalización y proclamación y con las debidas auditorías. La Sala Electoral no puede ejercer la coadministración electoral con el CNE, como lo establece la jurisprudencia constitucional de la propia Corte Suprema de Justicia”, repite.
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