OFAC da plazo hasta el 31 de mayo para liquidar operaciones petroleras en Venezuela
La Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de Estados Unidos dio plazo hasta el 31 de mayo para liquidar las operaciones relacionadas con la industria de hidrocarburos venezolana que estaban autorizadas por la flexibilización de las sanciones previstas en la Licencia N° 44.
En este sentido, la Licencia N° 44 es sustituida por la Licencia N° 44A.
El texto de esta nueva licencia incluye transacciones en las que participe PDVSA y cualquier empresa donde el Estado venezolano tenga 50% o más de participación accionaria.
El documento no autoriza:
– Cualquier transacción que involucre a cualquier institución financiera bloqueada de conformidad con la Orden Ejecutiva (E.O.) 13.850 que no sea el Banco Central de Venezuela o el Banco de Venezuela SA Banco Universal.
– El suministro de bienes o servicios a, o nuevas inversiones en, una entidad ubicada en Venezuela que sea propiedad o esté controlada por o una empresa mixta con cualquier entidad ubicada en la Federación Rusa.
– Cualquier transacción relacionada con nuevas inversiones en operaciones del sector petrolero o gasífero en Venezuela por parte de una empresa ubicada en la Federación Rusa o cualquier entidad que sea propiedad o esté controlada por una entidad ubicada en la Federación Rusa;
– Cualquier transacción prohibida por las subsecciones 1(a)(i) – (iii) o 1(b) de la O.E. 13808, distinta del pago de facturas por bienes o servicios relacionados con operaciones del sector petrolero o gasífero en Venezuela, o la entrega de petróleo o gas de Venezuela a acreedores del Gobierno de Venezuela, incluyendo acreedores de las Entidades de PDVSA, con el propósito de pago de deuda.
– Cualquier transacción prohibida por la O.E. 13827 o la O.E. 13835; o (6) el desbloqueo de cualquier propiedad bloqueada de conformidad con la VSR. O. 13827 o E.O. 13835.
– El desbloqueo de cualquier propiedad bloqueada de conformidad con el VSR. (c) A partir del 17 de abril de 2024, la Licencia General nº 44, de fecha 18 de octubre de 2023, queda sustituida y reemplazada en su totalidad por esta Licencia General nº 44A.
Además, esta licencia general tiene una aclaratoria: «Nada de lo dispuesto en esta licencia general exime a ninguna persona del cumplimiento de los requisitos de otras agencias federales, incluida la Oficina de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio» de Estados Unidos.
La licencia no afecta a las operaciones de Chevron y de las empresas estadounidenses proveedoras de servicios petroleros en el país y tampoco hace referencia a las licencias específicas otorgadas a la italiana ENI y la española Repsol, que quedan protegidas por esta nueva disposición.
En consecuencia, analistas estiman que a partir de ahora las empresas transnacionales podrán optar por licencias específicas para operar en Venezuela, las cuales no serán hechas públicas.
Con información de Banca y Negocios