Salida de Tania D’Amelio mantiene a órganos subordinados del CNE paralizados

Casi tres meses han transcurrido desde que Tania D’Amelio pasó de ser rectora principal del Consejo Nacional Electoral (CNE) a magistrada del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). Este cambio dejó un vacío institucional dentro del ente comicial que, hasta la fecha, no se ha resuelto y que además mantiene al organismo paralizado.

Una fuente con conocimiento del funcionamiento interno del CNE corroboró esto. La fuente explicó a Crónica.Uno que si bien se han llevado a cabo algunas reuniones informales dentro del organismo, son los órganos subordinados los que están en un alto total por la ausencia de un reemplazo para D’Amelio.

El artículo 14 de la LOPE señala que el quorum de funcionamiento del directorio del CNE es de al menos tres rectores y que la toma de decisiones debe hacerse con tres votos, salvo aquellos casos en los que la ley exija cuatro. Esto quiere decir que el vacío dejado por Tania D’Amelio no debería afectar las tomas de decisiones del directorio que cuenta en la actualidad con cuatro rectores.

Artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Electoral

El Consejo Nacional Electoral requiere de un mínimo de tres (3) rectoras o rectores electorales para su funcionamiento. Las decisiones del órgano se tomarán con el voto favorable de por lo menos tres (3) de sus miembros, salvo los casos en que la Ley exija cuatro (4) votos.

Un caso distinto ocurre con los órganos subordinados, ya que con la salida de D’Amelio dos de estos cuentan con solo dos miembros: la Junta Nacional Electoral (JNE) y la Comisión de Registro Civil y Electoral.

El artículo 44 de la LOPE explícitamente señala que estos órganos deben tener tres miembros, mientras que el 45 ordena un mínimo de dos votos para la toma de decisiones por parte de estas estructuras.

Artículo 44 de la Ley Orgánica del Poder Electoral

La Junta Nacional Electoral, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento son órganos subordinados del Consejo Nacional Electoral. Están integrados por tres (3) miembros, dos (2) de los cuales son rectoras o rectores electorales y un tercero será uno (1) de los suplentes de una rectora o rector electoral, distinto a los rectores que conforman la Junta Nacional Electoral. Serán presididos por una rectora o un rector electoral, postulada o postulado por la sociedad civil. Tienen competencia nacional, carácter permanente y su sede se encuentra en la capital de la República. El Consejo Nacional Electoral decidirá cuales de sus miembros formarán parte de los órganos subordinados

Artículo 45 de la Ley Orgánica del Poder Electoral

Las decisiones de los órganos subordinados del Consejo Nacional Electoral se toman con el voto afirmativo de por lo menos dos (2) de sus integrantes.

“Formalmente, el CNE tiene una parálisis total en dos de sus órganos subordinados. Hay que recordar que como órgano colegiado, lo que el CNE hace es certificar las actividades de estos órganos y hay dos (JNE, y Registro Civil y Electoral) en los que no se está trabajando”, comentó esta fuente, la cual se refirió al CNE actual como “un desierto”.

De acuerdo con lo que señaló, la ventaja actual del CNE es que no hay un proceso electoral en el futuro inmediato, pero recalcó que, independientemente de cuánto falte para la próxima elección, “el CNE debería estar trabajando en el Registro Electoral, no solo en el voto en el extranjero, sino en el de los venezolanos en el país. Siempre hay un rezago”.

Los temas pendientes

De acuerdo con la fuente, el CNE tiene varios “temas abiertos” que no ha podido cerrar por la ausencia de un remplazo para Tania D’Amelio. Solicitudes de organismos sindicales que piden apoyo para elecciones internas, las primarias de la oposición, entre otros, fueron mencionados.

Nélida Sánchez, coordinadora nacional de Contraloría de Súmate, señaló que “la cosa se tranca” justamente en los órganos subordinados del CNE, ya que de acuerdo con la ley, “si ellos (los rectores) quisieran instalar juntas todavía se puede”.

En la primera mitad del año el CNE solo ha hecho nueve directorios y en realidad son seis porque cuatro de estos contaron como uno solo al ser de la misma sesión permanente”, explicó.

Sánchez, que desde Súmate hace seguimiento al trabajo que se hace en el CNE, dijo que “lo único que el CNE está realizando son unos talleres de financiamiento” y que del resto “está muerto, tal y como se puede comprobar en el portal web”. De igual forma mencionó algunos de los temas que el CNE debería estar trabajando y que, por la ausencia de uno de sus rectores, no avanzan:

Cuando se hacen elecciones, la ley de partidos dice que se deben validar. El año pasado el CNE permitió que 42 partidos aparecieran legales, se les permitió postular sin explicar su condicional legal. Hay casos icónicos como la MUD (Mesa de la Unidad Democrática) que uno no sabe en qué estatus quedó. La validación de partidos y de sus militantes es un proceso que se debería hacer y que está paralizado”, explicó.

Otro punto importante que Sánchez comentó fue el del Registro Electoral, el cual debería estar adecuándose para la inscripción de personas en el extranjero, algo que en la actualidad no está ocurriendo.

Además, resaltó la situación legislativa del CNE, ya que este al ser el ente rector en materia electoral debería trabajar en propuestas de leyes para presentarlas en la Asamblea Nacional. Comentó que esto no se ha dado y que existen muchas leyes que deben trabajarse.

En materia de leyes hay mucha materia pendiente. Está, por ejemplo, la Ley de Referendos que no existe, la Ley de Delitos y Faltas Electorales que tampoco y que, por ende, lo que se hace es a través de reglamentos. También está la reforma de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, hay que recordar que en el 2020 el TSJ desaplicó algunos artículos de esta. Todo eso debería trabajarse desde el CNE y no se hace”, comentó.

Información de Crónica Uno